La Laguna autoriza la ampliación excepcional de horarios para establecimientos de hostelería y ocio en siete fechas señaladas hasta enero de 2027
La medida busca favorecer la actividad económica, mejorar la gestión de los flujos de personas y garantizar una celebración ordenada en jornadas de gran afluencia ciudadana
El Ayuntamiento de La Laguna, a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo, ha aprobado una ampliación excepcional de los horarios de cierre para determinados establecimientos de hostelería, restauración y ocio, y durante varias fechas especialmente significativas, que se desarrollarán entre octubre de 2026 y enero de 2027. La medida, habitual cada año en estas fechas, afecta a establecimientos con licencia o título habilitante para el ejercicio de actividades de restaurante y bar sin y con actividad musical, discotecas, así como salas de baile, de conciertos y de fiesta con espectáculo.
La resolución contempla la aplicación de esta ampliación horaria en la noche de Halloween y Finados (31 de octubre), el encendido navideño (20 de noviembre), La Noche en Blanco (28 de noviembre), la víspera del Día de la Constitución (5 de diciembre), Nochebuena, Nochevieja y la noche de Reyes.
El alcalde de La Laguna, Luis Yeray Gutiérrez, explica que “estas autorizaciones excepcionales responden a acontecimientos que reúnen a miles de personas y que forman parte de la vida social, cultural y económica del municipio. Nuestro objetivo es ofrecer una respuesta equilibrada, que permita apoyar la actividad económica y el empleo vinculado a estos sectores, al tiempo que se mantienen mecanismos de control y supervisión que favorezcan una celebración segura y ordenada”.
Gutiérrez añade que “la experiencia acumulada durante años demuestra que una planificación adecuada, acompañada de la coordinación entre administraciones y servicios públicos, contribuye a gestionar mejor los momentos de mayor afluencia. La ampliación horaria no supone una liberalización de la actividad, sino una medida puntual, regulada y sometida a condiciones concretas para determinadas fechas del calendario”.
Por su parte, el concejal de Ordenación del Territorio y consejero director de la Gerencia de Urbanismo, Adolfo Cordobés, destaca que “esta resolución mantiene la línea de trabajo que viene desarrollando el Ayuntamiento para compatibilizar la actividad económica con el respeto a la normativa y a las condiciones establecidas para cada establecimiento”.
“El acuerdo se aplica exclusivamente a locales que ya disponen de la correspondiente autorización administrativa y no modifica, en ningún caso, el resto de las condiciones de funcionamiento. No supone autorizar nuevas actividades, ni ampliaciones de aforo, ni cambios en las medidas de seguridad exigibles. Lo que se autoriza es una extensión temporal y limitada del horario en jornadas excepcionales previamente definidas”, subraya el edil.
El Ayuntamiento recuerda que este tipo de autorizaciones excepcionales son habituales en numerosos municipios con motivo de celebraciones de gran afluencia y persiguen, también, favorecer una gestión más eficiente de los movimientos de personas durante la finalización de los eventos.
En este sentido y desde el punto de vista operativo, una salida más escalonada de las personas asistentes contribuye a reducir concentraciones puntuales en la vía pública y facilita tanto las labores de seguridad, como la movilidad peatonal y del transporte. Esa distribución temporal de los flujos ayuda a minimizar situaciones de saturación que se producirían si toda la actividad finalizara simultáneamente.
El concejal añade que “somos conscientes de que estas fechas requieren siempre un equilibrio entre distintos intereses legítimos. Por eso la ampliación se limita a jornadas muy concretas y se acompaña de mecanismos de control, supervisión e intervención por parte de los servicios municipales y de seguridad, con el objetivo de preservar la convivencia ciudadana”.
Horarios y fechas
Con carácter general y únicamente para las fechas señaladas, los establecimientos autorizados podrán prolongar su actividad hasta las 3:30 horas en el caso de restaurantes y bares sin actividad musical, hasta las 5:00 horas en restaurantes y bares musicales, hasta las 6:30 horas en las salas de concierto y hasta las 7:30 horas en discotecas, salas de baile y salas de fiesta con espectáculo.
Por las celebraciones de Nochebuena y Nochevieja, se establece una ampliación específica, de forma que la actividad estará permitida hasta las 4:30 horas para bares y restaurantes sin actividad musical, hasta las 6:00 horas para bares y restaurantes musicales, hasta las 7:30 horas para las salas de concierto y hasta las 8:30 horas para discotecas, salas de baile y salas de fiesta.
La resolución, publicada en la web y en la sede electrónica de la Gerencia de Urbanismo, especifica que la ampliación horaria no autoriza espectáculos o actividades distintos de los amparados por cada licencia ni modifica las condiciones relativas a aforo, seguridad o prevención contra incendios. Asimismo, se establece un plazo máximo de 30 minutos para el desalojo de la clientela una vez alcanzada la hora autorizada de cierre.